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ENMIENDA DE TOTALIDAD a la Proposición No de Ley, sobre el uso del control telemático en casos de violencia machista. [11\11\02\01\0297]

Los Grupos Parlamentarios abajo firmantes, al amparo del vigente Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA DE TOTALIDAD a la Proposición No de Ley,  sobre el uso del control telemático en casos de violencia machista. [11\11\02\01\0297]

ENMIENDA DE TOTALIDAD 

  1. El Parlamento Vasco insta a los Departamentos del Gobierno Vasco responsables de los servicios de atención a las personas que han sufrido violencia machista a que, debidamente coordinados por Emakunde, revisen los protocolos de actuación para continuar garantizando la atención integral a estas personas. 
  2. El Parlamento Vasco insta al Gobierno de España a mejorar el sistema técnico de instrumentos de vigilancia electrónica, y al Consejo General del Poder Judicial para que fomente su uso al menos en los supuestos de “riesgo medio”. 
  3. El Parlamento Vasco insta al Gobierno Vasco, Diputaciones Forales y Ayuntamientos a que sigan trabajando en el seno de la Comisión de Seguimiento del II Acuerdo Interinstitucional para la mejora en la atención de mujeres víctimas de maltrato en el ámbito doméstico y de violencia sexual todos los aspectos relativos a mejorar los servicios destinados a la ayuda a las víctimas de violencia machista.
  4. El Parlamento Vasco insta al Ministerio de Justicia del Gobierno de España a que considere prioritario garantizar la seguridad de las mujeres y las y los menores víctimas de violencia de género, y por tanto la necesidad de promover, en su caso, todas las reformas legislativas necesarias para que las medidas de control se apliquen exclusivamente sobre los victimarios, si así se solicita por las propias víctimas.
  5. El Parlamento Vasco insta al Departamento de Trabajo y Justicia del Gobierno Vasco a que analice, y en su caso, revise con los Colegios de Abogados y Abogadas y los Colegios de Procuradores y Procuradoras de la Comunidad Autónoma del País Vasco, los procedimientos de designación y nombramiento de los y las profesionales adscritos al Turno de Oficio de Violencia de Género, para seguir prestando la mejor asistencia jurídica a las mujeres y los y las menores víctimas de Violencia de Género.