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PSE-EE propone mejorar la ley de víctimas policiales para dar mayor seguridad jurídica y evitar frustraciones

Patxi Elola
Patxi Elola

El Grupo Parlamentario Socialistas Vascos-Euskal Sozialistak ha presentado 31 propuestas de mejora de la Ley que debe reconocer y reparar a las víctimas de vulneraciones de derechos humanos en el contexto de la violencia de motivación política durante la democracia, de forma que se procure una mayor seguridad jurídica que evite recursos o suspensiones por otras instancias que generen frustración entre las personas afectadas.

“Tenemos experiencia en esta materia. El Decreto aprobado por el Gobierno socialista para las víctimas entre 1960 y 1978 se está aplicando sin que nadie, ni desde instancias políticas, ni sociales ni judiciales, lo haya cuestionado. La ampliación que hizo el Gobierno de Urkullu, sin embargo, fue tumbado por el Tribunal Superior del País vasco. Ahora tenemos la oportunidad de hacer una norma segura y consensuada, y es responsabilidad del Ejecutivo, que ha traído su proyecto en el último instante de la legislatura, trabajarse ese consenso”, explica el portavoz parlamentario sobre Víctimas, Patxi Elola.

El representante socialista recuerda que los grupos parlamentarios acordaron hace un año en un Pleno, con el respaldo de todos excepto la abstención de EHBildu, avalar la elaboración de un proyecto que diera continuidad a las políticas de reconocimiento y reparación a las víctimas de violaciones de derechos humanos provocadas por abuso de poder o uso ilegítimo de la violencia policial  buscando el “máximo consenso social, político e institucional". “A día de hoy el Gobierno no lo ha hecho, pero tiene la oportunidad de conseguirlo en la precipitada tramitación que ha planteado”, señala.

 En este sentido, la primera de las correcciones propuestas por los socialistas se refiere a la propia denominación de la Ley, recuperando la utilizada en el Decreto vigente que ha sido asumido por el conjunto de las fuerzas políticas. Se sustituye así el concepto de “represión ilícita” por no ser exacto, puesto que, más allá de interpretaciones que se pudieran hacer, hay vulneraciones de derechos a los que se refiere la ley que no obedecen a represión ilícita en sí, sino a actuaciones policiales con origen lícito (detenciones de sospechosos en  la comisión de delitos,  disolución de manifestaciones ilegales o donde se producían actos de exaltación del terrorismo) que hayan derivado en usos ilícitos de poder o violencia. También se corrige la redacción en euskera donde el término “reparación” se recoge como “ordaina”, que pudiera interpretarse como mera compensación económica cuando la ambición reparadora de la ley es más amplia.

Aclaraciones

Varias de las enmiendas socialistas son a la exposición de motivos, que es la introducción que debe explicar con claridad las intenciones de la norma. Por ello, se propone reforzar la obligación institucional de reparar a quienes durante la democracia, con una Constitución garantista y exigente en materia de derechos humanos, se han visto desprotegidos, en un marco distinto al de la dictadura, donde esos derechos no estaban reconocidos. Igualmente, y por esa razón, se desvincula el reconocimiento de estas víctimas del que puedan tener las víctimas de bandas terroristas, sin discursos equiparadores de realidades muy distintas y mucho menos justificativas de ninguna violación de derechos humanos”. “Las acciones terroristas no justifican ni una sola vulneración que haya sido ejercida mediante abuso de poder pero  la existencia de vulneraciones de derechos humanos no puede tampoco ser presentada como un enfrentamiento entre dos violencias provocado por un conflicto político. Por tanto esta Ley se ciñe a la atención de las víctimas que en su condición de tales no han sido reconocidas ni reparadas como tal, sin ninguna otra interpretación posible”, plantea una de las enmiendas..

Seguridad jurídica

 En cuanto a la parte dispositiva, una de las aportaciones socialistas se refiere a la inclusión expresa en la ley de aquellas personas que, aun no pudiendo acreditar haber visto vulnerados sus derechos, sí han visto reconocida por la Justicia su indefensión porque no se hayan investigado sus denuncias, como ha ocurrido en varias ocasiones con las condenas del Tribunal de Estrasburgo al Reino de España.

También, y en aras a la seguridad jurídica necesaria en la norma, el Grupo Socialista propone suprimir el apartado dispositivo referido al derecho a la Justicia puesto que este derecho, que tienen las víctimas, no puede ser satisfecho por los poderes públicos de la Comunidad Autónoma en el ámbito de sus competencias, sino al Poder Judicial y porque la propia Ley parte de la consideración de supuestos que, por encontrarse bajo los efectos jurídicos de la prescripción, no van a tener repercusiones judiciales.

Además, atendiendo a las sugerencias de varios comparecientes, se plantea una nueva composición de la Comisión de Valoración, ajustada al número de miembros actual, que se ha mostrado efectivo, incluyendo especialistas en gestión de víctimas, en historia, penalistas, representante de la oficina del Ararteko. La participación de peritos forenses,  que se considera necesaria para las tareas de la Comisión, se sitúa como asesoría técnica externa.

Por último, se añade una nueva disposición adicional en la que se encomienda al Gobierno que elabore un reglamento mediante el que encauzar adecuadamente las solicitudes de reconocimiento de la condición de víctimas a personas que no hayan podido acreditar los delitos en los tribunales, de forma que las resoluciones de la Comisión de Valoración tengan garantías jurídicas y no puedan ser interpretadas como una invasión de competencias del Poder Judicial.

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