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PSE EUSKADI

PSE-EE PSOE Euskal Sozialistak

PRIMARIAS. ELECCIÓN DE CANDIDATO/A DEL PSE-EE (PSOE) A LA LEHENDAKARITZA

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Foto 1

LOS DOCUMENTOS PARA AVALAR A
IDOIA MENDIA SE PUEDEN DESCARGAR AL FINAL DE ESTA PÁGINA

Bases de Convocatoria

1. Disposiciones Generales

El presente procedimiento se desarrolla de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 66 y 67 de los Estatutos Federales y por los Artículos 218 y siguientes del Reglamento Federal de desarrollo de los Estatutos Federales

Por tanto el presente documento sirve de desarrollo y concreción de toda la normativa comprendida en los mismos, que es la que rige en estos procesos.

El calendario aprobado para la elección de candidato/candidata del PSE-EE (PSOE) a la Lehendakaritza es el siguiente:

 

PLAZOS

FECHA

COMISIÓN EJECUTIVA DE EUSKADI PROPUESTA DE CALENDARIO

 

10 JUNIO

CIERRE DE CENSO

 

10 JUNIO

INFORMACION A LA MILITANCIA

 

11-12 JUNIO

PRESENTACIÓN PRECANDIDATURAS

 

13-14 JUNIO (14,00 HORAS)

RECOGIDA Y PRESENTACION AVALES

10 DIAS

16-28 JUNIO (14,00 HORAS)

Verificación y recuento de avales

 

28 JUNIO

Proclamación provisional de candidatos/as

 

28 DE JUNIO

Interposición de recursos

4 DIAS

28 JUNIO-2 JULIO

Proclamación definitiva de candidatos/as

 

3 JULIO

Campaña de Información

7 días

4-12 JULIO

Jornada de Votación

 

13 JULIO

Proclamación de resultados

 

13 JULIO

Interposición de recursos

4 días

13-17 JULIO

Proclamación definitiva

 

17 JULIO

Votación segunda vuelta

 

20 JULIO

Proclamación resultados

 

20 JULIO

Interposición de recursos

4 días

20-24 JULIO

Proclamación de Candidato/a del PSE-EE a la Lehendakaritza

 

24 JULIO

 

La autoridad electoral corresponde a la Comisión de Ética de Euskadi que en los procesos electorales se convierte en Comisión de Garantías Electorales en su ámbito. Durante la jornada de votación, a las mesas electorales según el artículo 229 del Reglamento Federal

La Comisión de Garantías Electorales, además de los supuestos que establece el Reglamento Federal, es la encargada de interpretar la normativa aplicable y dictar cuantas instrucciones sea preciso en el curso del proceso.

La Secretaría de Organización de la Comisión Ejecutiva del PSE-EE (PSOE), designará un Comité Organizador que despliega y coordina el dispositivo técnico y logístico para la celebración de las primarias. La labor del Comité Organizador es supervisada por la Comisión de Garantías Electorales (art. 231)

Cada provincia elegirá su comité Organizador que actuará bajo la dirección del Comité Organizador de Euskadi

2. Censo de militantes

Se fija el día 10 de junio como fecha de cierre de censo para el proceso de primarias y el procedimiento posterior para la elaboración de candidaturas

El censo provisional será comunicado por el Departamento Federal de Atención al Militante – DFAC, abriéndose un periodo de consulta y reclamaciones sobre dicho censo, que finaliza el

Recibidas las reclamaciones y comprobadas, la Comisión Ejecutiva Federal, a través del Departamento de Atención al militante y a la ciudadanía, comunicará a la Comisión Ejecutiva del PSE-EE (PSOE) el censo oficial de militantes válido para el proceso

Para la conformación del censo definitivo y de cara a su participación en la votación, JSEEGAZ, aportará su censo válido cerrado a fecha 10 de junio para su incorporación al proceso.

En cumplimiento con la normativa vigente sobre Protección de Datos de Carácter Personal (BOE de 19 de marzo de 2019) y con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), la obtención del censo de electores se efectuará a través del Portal de Agrupaciones.

 

3. Procedimiento para la presentación de precandidatos/as

Aquellas personas que deseen concurrir al proceso de primarias deberán comunicarlo por escrito mediante modelo oficial, entre el 13 y 14 de junio a las 14,00 horas a la Comisión de Garantías Electorales de Euskadi con sede en las dependencias de la Comisión Ejecutiva de Euskadi.

Habiéndose comprobado que reúnen el requisito exigido de derecho de sufragio, se les facilitará el formulario de concurrencia y designación de representantes ante dicha Comisión.

Una vez cumplimentado y entregado el formulario, desde la Comisión de Garantías Electorales de Euskadi se les facilitaran los medios y recursos previstos

  1. Datos estadísticos de censo y número de avales necesarios

  2. Datos de contacto con las Agrupaciones Municipales y/o de distrito

  3. Formularios oficiales para recogida de avales

La persona precandidata tiene de plazo hasta el último día de recogida de avales para aportar a la Comisión de Ética de Euskadi su adhesión al código ético y su declaración de bienes, requisitos ambos ineludibles para que sus avales se verifiquen.

La Comisión de Garantías Electorales de Euskadi será la encargada de la recepción de la documentación de los/las aspirantes a primarias y, en primera instancia, de conocer las consultas, reclamaciones o recursos que se pudieran plantear.

Será además la encargada de verificar las propuestas de precandidatos/as y de la proclamación provisional de los mismos.

Deberá reunir como mínimo el aval del 2% y un máximo del 4% del total del censo válido para el proceso

4. Recogida de avales

Los impresos que serán siempre en modelo oficial serán individuales y deberán ir acompañados de una copia del anverso del DNI remitiéndolos a la Comisión de Garantías Electorales de Euskadi. Los impresos podrán conseguirse

 

  1. A través de La Comisión de Garantías Electorales de Euskadi

  2. Descargándolos en la web del PSE-EE (PSOE)

  3. En las Agrupaciones municipales y de distrito.

Recepción y validez de avales

Durante todo el periodo de recogida de avales los/las representantes de los/las aspirantes, las agrupaciones y los/las militantes podrán hacer llegar avales a la Comisión de Garantías Electorales de Euskadi. Dichos avales quedarán bajo la custodia de esta

Los/las aspirantes a la candidatura: Bien por sí mismos, o a través de sus representantes, podrán hacer llegar, durante todo el plazo habilitado (del 16 al 28 de junio a las 14.00 horas) los avales originales que hayan recogido
Esta presentación se realizará de manera presencial por el/la aspirante o su representante.

Las agrupaciones: Las Comisiones Ejecutivas Municipales y/o de Distrito podrán tramitar ante la Comisión de Garantías Electorales de Euskadi los avales individuales otorgados y firmados por los/las militantes de una agrupación.
Este aval en modelo individual deberá llegar adjunto del anverso del DNI del/la avalista.

Los/las militantes: Podrán presentar su aval de manera directa ante la Comisión de Garantías Electorales de Euskadi utilizando los impresos del modelo individual mediante:

 Correo electrónico, adjuntado un archivo con la imagen de su aval y de la fotocopia con la imagen del anverso de su DNI.

Dicho correo electrónico se remitirá a la dirección:

informatica@socialistasvascos.com indicando en el asunto “AVALES CANDIDATO/A A LEHENDAKARI 2019”

Todos los avales (entregados y/o presentados ante la Comisión de Garantías Electorales de Euskadi antes de que finalice el plazo señalado ( 28 de junio a las 14:00 horas ) serán custodiados por la citada comisión hasta la fecha de su verificación y validación.

Nadie podrá avalar a más de una persona. Se considerarán avales nulos todos los emitidos por una persona a favor de más de una pre-candidatura.

Se contabilizará como un único aval válido cuando un/a militante avale más de una vez a un mismo pre-candidato/a.

Una vez terminado el proceso de verificación se elevará un acta del mismo y se procederá a la proclamación de los/las candidatos/as

Acceso al censo de militantes

El censo de militantes será custodiado y gestionado por el Comité Organizador del proceso siguiendo las directrices del Departamento de Atención al militante y a la ciudadanía, que velará por su uso responsable, así como por el pleno respeto a la legislación sobre protección de datos.

Las personas que deseen proceder a la recogida de avales a favor de algunos de los aspirantes podrán consultar la inscripción en el censo de militantes, sin que dicha consulta pueda suponer el acceso o la obtención a datos de carácter personal, de conformidad con el desarrollo legislativo sobre protección de datos de carácter personal.

Desde el comité Organizador se les facilitara el resumen numérico del censo de militantes por ámbito territorial, así como el certificado provisional y definitivo del número de avales necesario para ser proclamado candidato/a.

Quienes hayan presentado su precandidatura podrán acreditar ante la Comisión de Garantías Electorales de Euskadi un representante que esté presente en la verificación de los avales y el recuento de los mismos.

El procedimiento hasta la proclamación de candidaturas viene regulado por los artículos 182 y del 235 a 240

5. Verificación y recuento de avales

La Comisión de Garantías Electorales de Euskadi organizará y dirigirá el desarrollo del proceso de verificación y recuento de avales según el artículo 236 del reglamento

Será la encargada de velar por la validación de los avales y, en consecuencia, de la proclamación como tales de los/as precandidatos/as que reúnan los requisitos de sufragio

6. Proclamación de candidatos/as al proceso de primarias

La Comisión Nacional de Garantías Electorales, una vez revisada la documentación recibida con las propuestas, verificará el cumplimiento de los requisitos reglamentarios establecidos y si procede, proclamará provisionalmente a los candidatos/as el día 28 de junio.

Régimen de recursos

Contra esta proclamación provisional cabrá recurso de reposición ante la Comisión de Garantías Electorales de Euskadi dentro de las 24 horas siguientes a la proclamación provisional. Dicho órgano deberá resolver y notificar su resolución en un plazo máximo de 24 horas

Contra esta resolución cabrá interponer, en el plazo de 24 horas desde su notificación recurso ante la Comisión Federal de Garantías que resolverá en el plazo máximo de 24 horas

En ningún caso serán recurribles hechos, acuerdos o decisiones que no sean determinantes en la proclamación o no como candidatura de cualquier precandidatura.

Los recursos podrán interponerse por cualquiera de los/las aspirantes que se hubiera personado en el proceso de verificación y recuento de avales.

Aquellos/as aspirantes que no se hubieran personado en ese acto se entenderán que renuncian a su condición de parte del proceso de consulta.

Proclamación definitiva de candidaturas

Transcurrido el plazo de interposición de recursos contra la proclamación provisional de candidaturas sin que se haya presentado ninguno, o resueltos los interpuestos, la Comisión de Garantías electorales de Euskadi procederá a la proclamación definitiva de candidaturas el día 3 de julio

Solo se abrirá el proceso electoral interno de primarias en el supuesto de existir más de un candidato o candidata. En caso de resultar proclamada definitivamente una única candidatura, la Comisión Nacional de Garantías Electorales procederá a la proclamación de dicha persona como candidata del PSE-EE (PSOE) a la Lehendakaritza

y dará cuenta a la Comisión Nacional de Listas y a la Comisión Ejecutiva del PSE-EE (PSOE). La ratificación definitiva es competencia del Comité Federal (artículo 239 del reglamento de desarrollo de los estatutos federales).

7. Medios y recursos a disposición de los /las candidatos/as

Las candidaturas, una vez proclamadas, desarrollan su actividad de acuerdo a lo establecido en los artículos 222 y del 240 a 246 y se les facilitará en igualdad de condiciones los siguientes recursos:

  • Un envío por correo a través de circular a toda la militancia de su ámbito territorial

  • Un enlace desde la página de inicio www.socialistasvascos.com a su página, si la tuviera.

  • Apoyo de la oficina de prensa.
    A candidatos y candidatas, una vez proclamados se les facilitará en igualdad de

    condiciones los recursos anteriormente mencionados

    Del 4 al 12 de julio los/as candidatos/as proclamados podrán proceder a informar internamente sobre su candidatura a la militancia

    A las candidaturas se les garantizará el acceso al censo en términos globales, no se tendrá acceso a datos personales, sino objetivos, como el número de censados totales y por agrupación de acuerdo con lo estipulado en desarrollo de la legislación de Protección de Datos de carácter personal.

    Las candidaturas realizarán sus campañas de información atendiendo a los principios de austeridad, responsabilidad y transparencia, estando en todo momento sometidas al control de la Comisión de Garantías Electorales de Euskadi

    En ningún caso se podrán realizar campañas de imagen o publicidad pagadas o sometidas a algún tipo de contraprestación

    Una vez proclamadas las candidaturas designarán dos representantes ante la Comisión de Garantías Electorales de Euskadi

8. Censo electoral

El único censo oficial y válido para la elección en cualquier ámbito territorial, será el actualizado y verificado por la Comisión Ejecutiva Federal y autorizado por el Departamento Federal de Atención al militante y a la ciudadanía.

Conformarán el censo electoral los militantes y afiliados directos del PSE-EE (PSOE) en pleno uso de sus derechos orgánicos a fecha de cierre de dicho censo, y que en el momento de la votación se encuentren al corriente de cotización

También formaran parte del censo los militantes de JSE-EGAZ.

La fecha de cierre de censo para la jornada de votación será el día 10 de junio remitiéndose al Comité Organizador el censo provisional abriendo un periodo de subsanación para poder hacer alegaciones sobre errores que pudieran existir

Tres días antes de la votación el Departamento de atención al militante emitirá a cada mesa los listados con el censo de electores para la jornada de votación

9. Jornada de votación

Tendrá lugar el día 13 de julio, en una sola jornada continua de al menos diez horas de duración. No obstante aquellos centros de votación de menos de 100 electores podrán establecerse jornadas reducidas de votación de carácter continuo y de al menos cuatro horas de duración.

Podrán ejercer su derecho a voto, todas aquellas personas que figuren en el censo válido facilitado por el Departamento Federal de Atención al Militante - DFAC. A efectos de identificación será necesario personarse en el centro de votación correspondiente con el DNI, carnet de conducir o pasaporte.

Con carácter general los centros de votación son las agrupaciones municipales y de distrito que cuenten con un mínimo de 10 militantes.

Las Agrupaciones Provinciales deberán comunicar al Comité Organizador de Euskadi los centros de votación.

Mesas electorales

Las mesas electorales estarán formadas por una presidencia y dos vocalías.

Las personas que han de formar parte de la mesa serán designadas mediante sorteo entre los/las militantes con criterios de proximidad y eficiencia. Se elegirán también dos suplentes para cada uno de los puestos de la mesa electoral. El sorteo se realizará entre los días 8 y 9 de julio

Cada candidatura, una vez proclamada y hasta cinco días antes de la jornada de votación, podrá acreditar ante la Comisión de garantías electorales de Euskadi un máximo de dos militantes o afiliados directos con derecho de sufragio activo como interventores de cada mesa electoral y dos apoderados por cada centro de votación

Los interventores ejercen sus funciones, participando con voz y voto en la mesa electoral para la que hayan sido designados firmando las actas de la misma. Podrán suplirse libremente entre sí, sin que puedan actuar ambos al mismo tiempo en la mesa

Los apoderados, en caso de no haber ningún interventor presente de su candidatura, podrán ejercer sus funciones participando con voz, pero sin voto en cualquier mesa electoral. Solo podrá actuar un apoderado de cada candidatura simultáneamente en cada mesa electoral

Los interventores/as ejercen su derecho al voto en la mesa ante la que están acreditados/as

Los apoderados/as ejercen su derecho al voto en la mesa en la que están censados/as

El voto constará de papeleta y sobre. La comisión Organizadora aprobará los modelos oficiales

Votación

El acto de votación será personal, secreto y presencial. Los militantes ejercerán su derecho al voto en la agrupación en la que están afiliados o, en el centro de votación que el Comité Organizador haya establecido a tal efecto.

Tienen derecho a voto todas aquellas personas incluidas en el censo electoral facilitado por el Departamento Federal de atención al militante y a la ciudadanía, siendo imprescindible identificarse mediante la presentación del DNI, pasaporte, carnet de conducir o tarjeta de residencia

La Presidencia recogerá el voto y, comprobado que se ejerce el voto con un único sobre, devolverá la papeleta al elector/a, quien lo depositará en la urna.

Cierre de la votación

Una vez finalizado el horario establecido en cada Agrupación, la Presidencia de la Mesa anunciará el fin del acto de votación, permitiendo el voto a quienes, no habiéndolo ejercido, se hallen en el centro de votación.

Posteriormente, ejercerán su derecho al voto los/as interventores/as y los/las miembros de la Mesa.

Escrutinio

Una vez concluida la jornada de votación se procederá al recuento público de los votos cuya validez se atendrá a lo dispuesto en la LOREG.

La presidencia y las vocalías de la mesa velarán por el correcto desarrollo del recuento, así como de confeccionar el acta de escrutinio que se facilitará a la Comisión de Garantías Electorales de Euskadi de acuerdo a lo establecido por esta o por el Comité Organizador.

Efectuado el escrutinio, la Mesa extenderá y firmará el acta con los resultados en el modelo aprobado por el Comité Organizador del proceso, que también firmarán los/as interventores/as de las candidaturas.

En el acta se reflejarán las incidencias de la sesión, así como las protestas de las candidaturas.

El acta se remitirá, a la mayor brevedad, a la Comisión de Garantías Electorales de Euskadi por los medios telemáticos oportunos habilitados al efecto, debiendo quedar el original en custodia del Secretario de Organización de la Agrupación Municipal o de Distrito sin que pueda destruirse hasta la proclamación definitiva

Proclamación de resultados Provisionales

Proclamación

Proclamación provisional

Recibidos los datos del escrutinio de las mesas electorales, la Comisión de Garantías Electorales proclamará el resultado provisional de la elección el día 13 de julio

Régimen de recursos

Contra el acuerdo de proclamación provisional de candidatos cabrá la interposición de recurso ante la comisión de Garantías electorales para la proclamación definitiva de la candidatura dentro de las 24 horas siguientes a la notificación de dicho acuerdo. La comisión deberá resolver y notificar su resolución en un plazo máximo de 24 horas Cabrá recurso en segunda instancia ante la Comisión Federal de Ética a presentar en 24 horas. La Comisión tendrá 24 horas para resolver.

En ningún caso serán recurribles hechos, acuerdos o decisiones que no sean determinantes en la proclamación.

Proclamación definitiva

La Comisión de Garantías electorales provincial procederá a la proclamación definitiva el 17 de julio

SEGUNDA VUELTA

Si hubiera más de dos candidaturas y ninguna de ellas obtuviera más del 50% de los votos pasarán a una segunda vuelta las dos candidaturas que obtengan el mayor número de votos realizándose la segunda votación el 20 de julio rigiéndose el desarrollo de la jornada de votación por los mismos parámetros de la primera vuelta

El mismo día 20 de julio la Comisión de Garantías Electorales de Euskadi procederá a la proclamación de candidato/a

Contra el acuerdo de proclamación provisional de candidatos cabrá la interposición de recurso ante la comisión de Garantías electorales para la proclamación definitiva de la candidatura dentro de las 24 horas siguientes a la notificación de dicho acuerdo. La comisión deberá resolver y notificar su resolución en un plazo máximo de 24 horas Cabrá recurso en segunda instancia ante la Comisión Federal de Ética a presentar en 24 horas. La Comisión tendrá 24 horas para resolver.

Cabrá recurso en segunda instancia ante la Comisión Federal de Ética a presentar en 24 horas. La Comisión tendrá 24 horas para resolver.

En ningún caso serán recurribles hechos, acuerdos o decisiones que no sean determinantes en la proclamación.

La Comisión de Garantías Electorales de Euskadi procederá a la proclamación definitiva el 24 de julio