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Opinión y Temas

La nueva Ley de Morosidad

22/06/2010

En España, el sector privado paga a una media de 101 días, casi el doble de la media en Europa, y el sector público a 154 días, muy por encima de los 67 días de media europea. Parece que la cultura de la morosidad es parte de la cultura empresarial en España y eso es algo que hay que corregir para evitar el estrangulamiento financiero de las empresas, con el riesgo de su desaparición y la pérdida de empleos.

Autor: Javier Lasarte, Diputado del PSE-EE

Fuente: El Correo

Con ese objetivo, el pasado jueves, 17 de junio, el Congreso de los Diputados aprobaba una nueva Ley de morosidad que modifica la Ley 3/2004, por la que se establecían medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

El objetivo del Grupo Socialista durante la tramitación de la iniciativa en las Cortes Generales ha sido adaptar nuestra legislación en esta materia, incorporando a nuestro ordenamiento un documento legal moderno, práctico, inspirado por los principios de la nueva directiva que está en tramitación en Bruselas, con mayores garantías y transparencia, y buscando una efectiva protección para las Pymes y los autónomos, que son los operadores más vulnerables ante posibles situaciones de dominio de mercado.

La nueva Ley que sale de las Cortes recoge importantes novedades. El principal cambio consiste en la eliminación del pacto entre las partes, que es la piedra angular de la reforma aprobada. Establece la obligatoriedad del pago a 30 días por parte de las Administraciones Públicas y a 60 días en el caso de las empresas para los pagos a sus proveedores, a partir del 1 de enero de 2013, siguiendo un período transitorio hasta ese momento. En ambos casos, desde la fecha de recepción de las mercancías o prestación de los servicios. Quedan exceptuados de ese régimen general, las empresas de productos alimentarios frescos y perecederos, que mantienen su régimen actual de pago a 30 días, el sector del libro que podrá tener un régimen especial de pagos y el sector de la construcción, que dispone de plazos de adaptación más amplios.

A iniciativa del grupo socialista se han perfeccionado los preceptos que mejoran la consideración de las cláusulas abusivas, los que establecen la indemnización por los costes de cobro, los que incorporan la promoción de los códigos de buenas prácticas y los que promueven la resolución de conflictos a través de la mediación y el arbitraje.

Además se amplía la posibilidad de que las asociaciones denuncien prácticas abusivas en nombre de sus asociados, manteniendo la confidencialidad. Y con el objetivo de aumentar la transparencia, las sociedades deberán publicar de forma expresa las informaciones sobre plazos de pago a sus proveedores en la Memoria de sus cuentas anuales.

También se ha aprobado la instrumentación de una línea de crédito directa, por parte de ICO, dirigida a las Entidades Locales para facilitar el pago de deudas firmes e impagadas, con anterioridad al 30 de abril de 2010.

Lógicamente, habrá que seguir de cerca su aplicación y su impacto sectorial y empresarial y, en su caso, hacer las mejoras, adaptaciones y correcciones precisas, hasta lograr la necesaria modernización de las prácticas de pago comercial en España.

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