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ESTATUTOS

Procedimientos Electorales

ARTICULO  61

La elaboración de las listas de los/as candidatos/as a las elecciones legislativas, locales, autonómicas y diversos cargos públicos en nombre del PSE-EE (PSOE) a las instituciones, se basará en los siguientes principios:

  1. La igualdad de todos/as los/las afiliados/as para acceder a los cargos públicos dependientes del Partido.
  2. La representatividad y proyección social de los candidatos y candidatas.
  3. El principio del mérito que asegure la selección de los compañeros y compañeras más capacitados.
  4. La renovación periódica y gradual en el ejercicio de las funciones públicas, evitando la acumulación de cargos tanto orgánicos como institucionales.
  5. El cumplimiento de la democracia paritaria.

ARTICULO  62

La selección de candidatos/as se hará de acuerdo con el Reglamento Federal correspondiente donde se prevé una Comisión de Listas que está compuesta por las y los miembros de la Comisión Ejecutiva de Euskadi que esta designe y por las personas del Comité Nacional elegidas de entre sus miembros. Las personas elegidas como miembros por el Comité Nacional deberán ser mayoría. Para las cuestiones que afecten a sus respectivas circunscripciones, serán oídos previamente la Secretaría General de Euskadi, la Secretaría General de cada provincia y la Secretaría General de JSE-Egaz

Blog de Patxi López
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